lunes, 28 de febrero de 2011

PAGO DE HABERES/BANAVIH

Sentencia Nº 87, de fecha 04 de Febrero del 2011, Sala de Casación Social/TSJ Pago de Haberes/Banavih (Caso: PDVSA):La SCS/TSJ estableció que corresponde a la jurisdicción tributaria el reclamo del actor sobre el pago de los haberes correspondientes a la contribuciones parafiscales que fueron enteradas al Banavih durante la relación laboral, así determinó: “Por otra parte, observa la Sala que el actor solicita le sean sufragados los haberes del ahorro habitacional; en este orden de ideas, cabe señalar que los aportes realizados en conjunto por los trabajadores y patronos al Subsistema de Vivienda y Política Habitacional (actual Régimen Prestacional de Vivienda y Hábitat), son contribuciones parafiscales sujetas a lo establecido en la normativa tributaria, tal como lo ha señalado la Sala Político Administrativa de este máximo Tribunal, en sentencia N° 1.092 del 3 de noviembre de 2010. Por lo que, la competencia para conocer de dicha petición es de la Jurisdicción Contenciosa Tributaria. Así se decide.

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